Esta sala era el lugar de reunión de la Asamblea de
vecinos de Soto que se reunía a "Campana Tañida".
![](https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEjg4gRRZdwZpp_Qj40ZQ6_07bRehB56uQk9goANbvoTEKaGY3L_MoS_O-c4GLFEzWf8N4tr8LRy8QSQj7cWod2ShoeGtKrkqJirl_fnODJY5_eO122o4-B0NwirNO30pPdoVRDa7YKaq5w/s320/IMG_20170402_192105.jpg)
Las decisiones del concejo siempre se basaban en la
costumbre: las cosas se hacían como siempre se hicieron. Todos debían conocer
las “Ordenanzas” que se trasmitían de forma oral; para recordarlas y conocerlas
se leían en voz alta en la reunión del Concejo a la que debían asistir todos
los vecinos
En las ordenanzas municipales
de 1872, que actualizan el sistema concejil a las reformas administrativas que
se produjeron en España a lo largo del siglo XIX se recoge:
![](https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEgQG-SRlgwNEPy-8blP1JHi_pWiMNZRtEAYvzRUKwOXXCzEy7M-PVLT3N7vYg6K9q_TQ8E9OWC9Ywx-ievgYflYH4e3ugVwmdXtR35I3s9RirmslVrW5jXBnl5rLoBFOJBJWuLGv6hYWUM/s320/IMG_20170402_192326.jpg)
"Para que nadie olvide su
obligación y las leyes que deben observarse se leerán íntegramente ante todos
los vecinos dos veces al año, por lo menos, una el primer domingo de Enero, y
otra el primero de Setiembre"
Esta misma Ordenanza recoge también cómo se convocaban las reuniones de vecinos, de las que solo quedaban exentos los sexagenarios, y el comportamiento que cada uno debía tener en las mismas.
"...nadie hablará sin solicitar
antes el permiso, y después de obtenido este se hará con la compostura y
modestia, sin proferir voces desentonadas, ni hacer gestos indignos del decoro
de un lugar público"
Las Autoridades Concejiles eran elegidas directamente
mediante riguroso procedimiento democrático.
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