Esta sala era el lugar de reunión de la Asamblea de
vecinos de Soto que se reunía a "Campana Tañida".
La tradición establece que las decisiones se tomaban de
forma consensuada por todos los vecinos, por el sistema de Concejo Abierto.
Decisiones que permitían hacer frente a las eventualidades y situaciones
problemáticas o conflictivas que fueran surgiendo: nieve, pastoreo, arreglo de
caminos, acarreos, tiempos y lugares de pastoreo (cote y descote), cierres de
majadas y pastos comunes, …nombramiento de cargos, guardas, elección de regidor
o alcalde de barrio.
Las decisiones del concejo siempre se basaban en la
costumbre: las cosas se hacían como siempre se hicieron. Todos debían conocer
las “Ordenanzas” que se trasmitían de forma oral; para recordarlas y conocerlas
se leían en voz alta en la reunión del Concejo a la que debían asistir todos
los vecinos
En las ordenanzas municipales
de 1872, que actualizan el sistema concejil a las reformas administrativas que
se produjeron en España a lo largo del siglo XIX se recoge:
"Todos los pueblos del municipio
harán copia literal de ella (la
Ordenanza) y, una vez hecha, la guardarán
en el arca de pueblo, siendo responsable de su custodia el alcalde de barrio
quien la habrá de entregar a su inmediato sucesor"
"Para que nadie olvide su
obligación y las leyes que deben observarse se leerán íntegramente ante todos
los vecinos dos veces al año, por lo menos, una el primer domingo de Enero, y
otra el primero de Setiembre"
Esta misma Ordenanza recoge también cómo se convocaban las reuniones de vecinos, de las que solo quedaban exentos los sexagenarios, y el comportamiento que cada uno debía tener en las mismas.
"...nadie hablará sin solicitar
antes el permiso, y después de obtenido este se hará con la compostura y
modestia, sin proferir voces desentonadas, ni hacer gestos indignos del decoro
de un lugar público"
Las Autoridades Concejiles eran elegidas directamente
mediante riguroso procedimiento democrático.
No hay comentarios:
Publicar un comentario